El Gobierno Electrónico.
EL CONCEPTO DE e GOVERNMENT Y LA EXPERIENCIA CHILENA. BREVE APROXIMACIÓN
(Abraham Símon Jury)
PREFACIO
Las fluctuaciones que ha experimentado la sociedad en los últimos 20 años, sin precedentes en el ciclo de la humanidad, ha llevado al replanteamiento de todos los aspectos de las ciencias sociales, desde la economía hasta el derecho, a la vez que han surgido nuevas disciplinas que pretenden explicar la conducta humana en la sociedad.
Este constante cambio del que somos asistentes, actores y espectadores, en un fenómeno simultáneo, ha hecho caer el telón del Estado Nacional dando pie al surgimiento de nuevas comunidades o sectores de integración, en que el conjunto de países busca el mismo fin.
La globalización que experimentamos es un hecho evidente, del que, como parte del sistema, no podemos escapar, sino que – a la inversa – le debemos demandar nuevos y mejores servicios; en esta búsqueda es el Estado quien debe ofrecer una respuesta satisfactoria frente a las constantes necesidades humanas.
En este ambiente de integración el fenómeno de la comunicación se ha hecho más que necesario, pero para superar la insoslayable barrera del lenguaje el mismo hombre ha debido crear códigos que sean omnicomprensivos para todos los que habitan en esta aldea global. Esa constante comunicación explota y fluye con mayor fuerza con la irrupción de Internet y su paulatina masificación, a partir de los primeros años de la década de los ’90.
Con la Internet la comunicación dio un paso aún mayor y a través de sucesivas evoluciones: BBs, Chat, e – mail y FTP, se convirtió en un puente para el intercambio de textos, imágenes y sonido y creándose un traspaso de información que hoy en día no tiene límites; dotando de rapidez y eficacia al sistema. Frente a estas ventajas surge un nuevo concepto, el e – commerce o comercio electrónico, que satisface las necesidades de los usuarios con las mismas características anteriores: rapidez y eficiencia, lo que ha permitido masificar las simples compras por catálogo hasta concluir con grandes traspasos de fondos, de una plaza a otra, en condiciones de seguridad y comodidad.
Sin embargo, no todas las necesidades pueden ser satisfechas por los particulares, y hoy, en una última etapa, ha sido el Estado quien ha venido a ofrecer bienes y servicios a las personas a través de Internet, modernizando la administración. Esta nueva perspectiva ha llevado a reinventar los sistemas de gobierno existentes, incorporando recursos electrónicos, impensados hace más de 20años.
Esta reinvención del gobierno ha hecho surgir el concepto de e – Government o “Gobierno Electrónico”, cuyo concepto queremos descubrir a través de estas páginas.
El e – Government es una realidad que está presente y de la cual Chile no ha querido estar ausente, tratando de estar a la vanguardia de Latinoamérica en este aspecto.
En estas páginas trataremos de desentrañar el concepto de e – Government, descubrir sus elementos y la interacción del mismo con la sociedad, estableceremos nexos jurídicos con aquél y daremos un breve vistazo de la experiencia chilena en este campo.
Antes de comenzar debo aclarar una premisa: si la red es capaz de satisfacer las necesidades de información del individuo y de ella emana nuestro objeto de estudio, sólo nos remitiremos a referencia electrónica para cumplir con nuestro cometido.
e – Government : Concepto y Características
El gobierno electrónico ( en adelante e – gov.) es el conjunto de servicios (y eventualmente bienes[1]) que la administración coloca al servicio de los ciudadanos mediante el uso de Internet o de cualquier otra TI[2] , con el fin de satisfacer necesidades públicas de manera rápida y eficiente.
El concepto de e – gov. descansa, desde nuestro punto de vista, en dos grandes pilares:
Eficiencia: ya que es el mejoramiento en la administración pública, automatizando los procesos y eliminando )o al menos limitando) la burocracia. El servicio debe ser rápido y oportuno.
Transparencia: se debe permitir el más amplio acceso a las actuaciones del Estado (salvo aquellas que sean estrictamente confidenciales), tal que la rapidez en las acciones del Estado prive de cualquier forma de torcida administración[3].
El concepto de e –gov satisface plenamente los requisitos de la función pública[4]:
Actividad del Estado: el e – gov emana de la administración del Estado y está al servicio de los ciudadanos.
Destinado a satisfacer necesidades: ellas son de diversa índole y el e – gov nace para brindar esos bienes y servicios.
De manera continua y permanente: el e – gov se basa en los TI y en Internet, por tanto, está disponible para el ciudadano las 24 horas del día, los 365 días del año.
En virtud de su naturaleza, evidentemente tecnológica, el e – gov abarca un amplio espectro de la administración, permitiendo coordinar la información, desde y hacia las diferentes reparticiones, en una sola unidad (un archivo, una página, un portal). Esta coordinación hace aumentar la eficiencia de las reparticiones al momento de brindar servicios.
Otra vertiente que emana del e – gov es la interacción que se produce entre el ciudadano y la administración, lo cual hace que aumente su participación, constituyéndolo en una nueva fuerza política: la “opinión publica virtual” que preferimos denominar “internautas”, ello amplía el campo de influencia del e – gov hacia áreas políticas, sociales y culturales; sirviendo de “propaganda” a la administración central (cualquiera que fuese el sostén de su doctrina política) para conservar el poder. El fenómeno de la participación genera una mayor comunicación entre el ciudadano y el gobierno con lo que se desplaza el concepto de “gobierno para las personas” por un “gobierno por las personas”, transformando a la administración central en el ente ejecutor de los planes y programas que realmente necesita la comunidad, con lo cual se logra una democracia más plena
El análisis del concepto de e – gov nos permite descubrir cuáles son sus características más esenciales:
· La desburocratización de la administración pública, lo que se concretiza en el desarrollo de portales que permiten acceder de manera amigable a todas la áreas de la administración pública[5], los cuáles están “abiertos” las 24 horas del día, los 365 días del año.
· Eficiencia: vinculado a la rapidez en la entrega de servicios y a un constante mejoramiento de los TI, tal que el usuario no tenga que hacer “colas” virtuales debido a la “caída del sistema”. Si la gestión del Estado es eficiente el aumento de los recursos electrónicos aumenta, lo que se traduce en una confianza en la gestión del gobierno.
· Se desarrolla una constante transformación del sector público hacia la automatización de la gestión que desarrolla, ofreciendo servicios electrónicos, surge la firma electrónica y la encriptación de datos.
· La gestión automatizada genera una reducción en los costos de la administración.
· Se eliminan barreras en el acceso a los servicios, los portales deben estar adaptados a un lenguaje o código común, tal que puedan ser utilizados por distintos tipos de personas. Para acceder a los servicios no hay barreras de desplazamiento ni hay que transitar de un departamento a otro (por lo general la gestión se va a desarrollar con el despliegue de páginas sucesivas).
Pese a las ventajas que ofrece este sistema, aún hay que superar ciertas dificultades:
· Aminorar la distancia entre los Estados en relación a la Brecha Digital[6].
· En virtud de lo anterior los Estados deben preocuparse de favorecer el acceso a Internet, capacitando a las personas en el manejo de diversas TI.
· Disminuir los costos en la utilización de Internet, estimulando iniciativas que eliminen la desigualdad entre los que tienen y no tienen acceso a la información.
· Crear seguridad en el manejo de datos y privacidad en el tratamiento de la información confidencial (los llamados datos sensibles).
· Que todos los documentos puedan ser leídos en forma electrónica, en un lenguaje común.
· Dotar al sistema de una estabilidad que lo haga confiable, que tenga un servicio constante y sin “ruido” (información o contenido innecesario), con un buen soporte técnico.
Cumplidos los requisitos y salvadas las diferentes falencias se puede caminar hacia una “Sociedad de la información”, que permita una total integración entre los Estados y la permanente transferencia de información entre distintos e – gov, creando redes de interacción intergubernamentales, generando:
· Más democracia.
· Mejores servicios.
· Integración entre los Estados.
· Mayor y mejor información.
ELEMENTOS ESENCIALES CONSTITUTIVOS DE e - GOVERNMENT
En la instauración del e –gov intervienen dos elementos sin los cuales no sería posible su existencia: el elemento técnico y el elemento subjetivo.
1. Elementos técnicos del e –gov: todo sistema infocomunicacional requiere de un soporte material que es el computados y un soporte virtual que es la red.
a. El computador es el medio por virtud del cual se ejecutan las operaciones en el e- gov.
Existen al menos dos estaciones: el servidor de la administración pública y el computador personal del usuario.
Desde el punto de vista de la administración el hardware debe ser capaz de tener un crecimiento que permita almacenar la mayor cantidad de información a la vez que responder a las instrucciones de los usuarios en forma permanente. Por otra parte, el software debe ser elaborado en un lenguaje claro y comprensible a cualquier ciudadano, con una interfase rápida y liviana, tal que pueda funcionar en otros dispositivos (notebook, celulares y palm), a la vez que contenga reglas de ejecución forzosa para el usuario (un contrato de licencia que garantice la inviolabilidad del sistema[7]; finalmente, el software deber ser capaz de “correr” (funcionar en cualquier OS (sistema operatorio).
Desde el punto de vista del usuario su hardware debe soportar la tecnología del servidor, contar con un módem adecuado y una conexión compatible (TCP/IP, ADSL, sistema WAP, etc.). En cuanto al software, por regla general se utiliza cualquier explorer de Internet o se puede optar por la descarga de un programa que proporcione el propio servidor para acceder a la utilización de sus servicios[8].
b. La red es la autopista por la cual viaja la información, desde y hacia la administración.
En este punto distinguimos la Intranet para ejecutar los procedimientos internos en el manejo y tratamiento de la información y la Internet en virtud de la cual se comunica el usuario con la administración.
2. Elemento subjetivo: es el usuario de Internet que en este caso asume la calidad de ciudadano del e – gov, con una serie de derechos y obligaciones. El ciudadano al ingresar al portal asume la calidad de ciudadano de ese e – gov y, por lo tanto, debe respetar las reglas que esa comunidad le impone.
PROCESO EVOLUTIVO HACIA EL e – GOVERNMENT
La implantación del gobierno electrónico es un proceso que se encuentra en marcha en casi la totalidad de los países del mundo. En el caso de Chile la materialización de este ideal se ha visto reflejada en el portal www.gobiernodechile.cl, que permite acceder a varias reparticiones públicas y efectuar trámites on-line, además de la información necesaria en la que al mundo cívico se refiere.
Pero este cambio revolucionario no puede imponerse a los ciudadanos, ya que generaría un caos y un eventual fracaso del proyecto.
La sustentabilidad del e – gov descansa en su implementación paulatina, aprovechando el desarrollo de nuevas tecnologías y de cómo estas son recepcionadas por la comunidad. De este modo distinguimos tres etapas para alcanzar el e - gov[9]:
1. Primera Etapa: constituye la preparación del gobierno electrónico. Se caracteriza por la interacción y la interoperabilidad entre el sistema público burocratizado con la alternativa on – line.
Se lanzan algunos portales de administración pública.
Esta etapa debemos reconocerla con el corto plazo.
2. Segunda Etapa: es el mediano plazo. En ella se integran los servicios ofrecidos por las diversas administraciones en un solo portal, oficial del gobierno. Se comienzan a capacitar a nuevos funcionarios en el manejo de OS y tratamiento de la información.
Se introducen nuevas tecnologías dentro de la administración pública y se comienzan a digitalizar los documentos, se les da un tratamiento automatizado.
Se produce la adquisición de equipos compatibles con nuevas tecnologías y de fácil actualización.
Desarrollo de políticas comunicacionales tendientes a masificar el uso de los sistemas electrónicos.
Se adecua la legislación a las nuevas necesidades de los ciudadanos; por ej.: la firma digital y la factura electrónica con un marco legal definido.
3. Tercera Etapa: dice relación con el largo plazo. En ella se ha asegurado la existencia del gobierno electrónico como una entidad independiente y con autonomía, el ciudadano recurre a los recursos electrónicos para satisfacer sus necesidades y realizar sus trámites en forma automatizada.
El e – gov presenta una eficiencia tal que lo lleva a la superproductividad, el hecho de compartir la información hace que los servicios sean más eficientes, hay Bases de Datos comunes que interoperan con los servicios de la administración.
Aún existen vestigios de la vieja administración que terminar por desaparecer debido a su desuso.
El funcionario público es eminentemente técnico, ejecutor de un sinnúmero de tareas complejas facilitadas por el uso de la tecnología.
Surgimiento del teletrabajo dentro de la administración.
Se desarrollan políticas de integración a nivel internacional, se promueve el comercio y surgen nuevos incoterms.
Surgen nuevos derechos fundamentales frente a las nuevas necesidades de la sociedad.
Finalmente, en el marco global, todos los dominios de las reparticiones públicas terminan su identificación local agrupándose en la denominación .gov.
En cuanto a esta etapa, creemos que es un tanto utópico
ASPECTOS JURÍDICOS:
Toda la dotación tecnológica que ofrece el e – gov necesita de un marco regulatorio, que organice las relaciones entre los ciudadanos, el gobierno y la tecnología. Creemos que esa necesidad jurídica debe ser satisfecha por el Derecho Informático, pero no por uno de carácter simple y subsidiario de otra rama del derecho, debe surgir un Derecho Informático autónomo que divida sus áreas de aplicación entre lo público y lo privado y ambos, a su vez, con reglas de orden público y de orden privado.
No se pueden integrar las lagunas existentes con la aplicación del derecho común, porque no se adaptaría a las necesidades de este nuevo fenómeno; del mismo modo, es necesario su consagración a nivel constitucional para generar, de esta nueva forma de administración, un sistema que otorgue seguridad jurídica.
En la medida en que estos ideales no se lleven a la práctica sólo podemos limitarnos a señales directrices orientadas al mejor funcionamiento del e – gov; basadas en la distinción de lo público y lo privado.
1. Derecho Público
Desde un punto de vista dogmático el e – gov presenta un cambio en la mentalidad de la sociedad, integrando a las diversas comunidades en un mundo digital o sociedad de la información; fruto de esta interacción se generará la caída de los nacionalismos y de los regímenes autoritarios.
Surgirán nuevos derechos ciudadanos, que frente al e – gov, adquieren la naturaleza de derechos fundamentales, claros ejemplos son el acceso a la información e incluso el derecho de acceso gratuito a Internet[10].
Frente a esta nueva realidad creemos que la Constitución debe ser reformada, al menos en un título, incluyendo el concepto de e – gov señalando claramente que servicios se van a ofrecer a los ciudadanos por esta vía y los procedimientos para obtenerlos. Del mismo modo se debe propender a una paulatina descentralización del poder central, entregando mayor competencia a la administración electrónica. En este sentido, el debilitamiento del ejecutivo debe ser integrado con una mayor participación de la ciudadanía en las decisiones de la administración; dentro de este marco creemos posible dos alternativas:
a. El cambio de los regímenes políticos a lo que se ha denominado e – democracy, con una validez a nivel Constitucional y una reforma que introduzca este sistema dentro de los comprendidos por la justicia electoral[11].
b. La descentralización en comunas autónomas, ligadas sólo por la Constitución a la Administración Central, tal que con recursos propios y la utilización de la tecnología se logre una mejor gestión comunal[12], lo que haría sentir al ciudadano como miembro importante de su comunidad.
Esta nueva estructura requiere, por lo tanto, de un nuevo concepto de funcionario público, con una mayor calidad técnica y capacitado para gestionar las nuevas TI. Si se piensa que este sistema genera desempleo en el sector público, nosotros creemos lo contrario; la tecnología exige calificación y, por ende, una división del trabajo por lo que los “funcionarios de papel” pasan a convertirse en “operadores de máquinas”.
Finalmente, desde el punto de vista penal, va a surgir un nuevo bien jurídico a proteger: la información, la cual merece protección desde diversos puntos de vista:
El tratamiento de la información es gestionado por un funcionario de la administración, por tanto, en razón de su cargo, se le exige probidad en su desempeño.
El acceso a la información en canales no destinados a tal efecto suma a la información como otro bien jurídico a proteger: la seguridad del sistema; ello implica una ampliación del tipo penal a un precepto que vaya más allá del simple hurto de información, debiendo extenderse el tipo a acciones de hacking y de craking.
El traspaso de información no autorizado, agregará a la lista otro bien jurídico: la privacidad. Creemos que los datos de la persona al ingresar al e – gov sólo deben ser utilizados para fines netamente administrativos y no deben salir del servicio público automatizado sin el expreso consentimiento del sujeto a quien corresponda dicha información.
2. Derecho Privado
Son los particulares quienes dan el impulso al e – gov; el Estado simplemente entrega las herramientas de las cuales se van a servir los particulares para interactuar con la administración. La interacción que se desarrolla en esta estructura se desarrolla a través de la prestación de múltiples servicios, lo cual se manifiesta por medio de contratos.
Es evidente que la contratación a la que hacemos mención no aparece explícita en nuestro Código Civil, tampoco lo recogió el Código de Comercio y aún no es tratada en forma sistemática en la legislación contemporánea (en lo que al caso chileno respecta), por tanto estamos frente a una figura jurídica de aplicación espontánea en que la buena fe y la autonomía de la voluntad juegan un rol trascendente.
En virtud de estos antecedentes analizaremos dos características de este contrato:
a. La capacidad: la parte que celebre el contrato ¿debe ser plenamente capaz?; la respuesta no debe ser precipitada, ya que el e – gov está al servicio de todos los ciudadanos; por esta razón debemos analizar el contrato desde el punto de vista de la obligación: si el usuario se obliga a cumplir una prestación debe ser plenamente capaz, ya que limita cualquiera de sus derechos a favor de una contraparte que es el e – gov.
Por el contrario, si simplemente solicita un servicio, generalmente de carácter informativo, no es necesario que sea plenamente capaz ya que sólo ejerce su derecho al acceso a la información, no se obliga; por ende, esta razón emana de la capacidad de goce, lo cual es inherente a toda persona por su calidad de tal.
b. El contenido de la obligación (la prestación): el fin del contrato del ciudadano con el e – gov se traduce en la satisfacción de una necesidad[13], necesidad que consiste en la permanente demanda de bienes y servicios. La perfección del contrato debe ser pura y simple, libre de formalidades, tal que la circulación de bienes y servicios sea lo más expedita posible, de modo tal que no se paralice el trafico jurídico..
c. Sin embargo, nos enfrentamos a un problema a la hora de configurar el contrato: la definición general nos dice que el contrato es una relación jurídica entre partes, sin embargo, ¿de qué partes hablamos en este tipo de contratos si una de ellas está representada por la administración automatizada?, para salvar este escollo debemos seguir el derrotero de la ficción, de modo que utilizaremos la teoría del órgano para señalar que el usuario contrata con la administración como persona jurídica, luego, la administración es automatizada, detrás de esa automatización hay personas que manejan las TI y tratan los datos, personas, que a su vez, forman parte de la administración.
El esquema se simplifica si trasladamos este contrato al ámbito privado, en que son dos o más personas – partes quienes celebran el negocio jurídico utilizando las TI como un mero instrumento para materializar su relación.
Pese a todo lo dicho hay un tópico que queda en la nebulosa jurídica, al cual no daremos respuesta: ¿en qué momento se manifiesta el consentimiento?.
LA EXPERIENCIA CHILENA
La modernización del gobierno en Chile comienza a ser delineada con la administración Frei Ruiz-Tagle, sin embargo su materialización se logra con la administración Lagos en el 2001 tras la publicación del “Instructivo Presidencia para el desarrollo del Gobierno Electrónico”, siendo, hoy en día, el canal de este ideal el portal www.gobiernodechile.cl; portal único de acceso a los servicios de la administración.
Este camino no fue fácil de seguir ya que para la implementación del e – gov se tuvo que contar con la capacitación de los integrantes de las instituciones públicas.
Hoy el Servicio de impuestos Internos, a través de su porta www.sii.cl, permite la declaración y pago de impuestos por Internet; el Registro Civil e Identificación y el Servicio de Aduanas también han incorporado las TI en su gestión.
También se ha desarrollado la implementación dela enseñanza a través de Internet, con el proyecto Enlaces, otro tanto permite el Ministerio de Educación www.mineduc.cl
Todos los ministerios cuentan con un portal de acceso, con servicios tan variados como la resolución de trámites y hasta información sobre la entidad pública por la que se navega, lo cual permite una mayor transparencia. El poder legislativo, a través de www.congreso.cl, permite acceder a las leyes existentes y a conocer los proyectos en tramitación. El poder judicial, a través de www.poderjudicial.cl, informa sobre el estado de causas existentes en los tribunales. La misma reforma procesal penal se ha valido de las TI para difundirse, divulgando instructivos y noticias recientes (www.ministeriopúblico.cl). Las transacciones en línea también han encontrado cabida en este terreno con sitios tales como www.chilecompra.cl, www.dor.cl y www.trámitefácil.cl .
Hoy Chile cuenta con una Ley de Firma y Documentación Electrónica, lo que permite dar mayor seguridad al sistema. El carnet de identidad con lectura electrónica abre nuevas alternativas.
El siguiente paso... e – democracy.
EPILOGO
El e – gov es un fenómeno que está en marcha en nuestro país y en el mundo, a través de éste nos integramos a una sociedad digital que configura nuevas relaciones con elementos de relevancia jurídica que nuestro ordenamiento no ha sido capaz de incorporar en la legislación.
Chile ha disminuido la brecha digital con los países del primer mundo de manera creciente, a la vez que ha comenzado a automatizar sus servicios públicos. Por lo tanto, para una verdadera eficiencia es necesaria una capacitación, dirigida en igual forma a los funcionarios como a los ciudadanos.
En la medida en que el e – gov esté en marcha y haya seguridad en el sistema, el ciudadano tendrá seguridad en sí mismo; la seguridad, privacidad y la información surgen como nuevos bienes jurídicos a proteger en este nuevo sistema.
Hemos querido dejar de lado la exégesis y presentar casos concretos con sus respectivas soluciones.
Hemos creído responder a nuestra premisa inicial de que la red proporciona todo lo que se requiere para desarrollar el e – gov, incluso las consecuencias jurídicas de una acción nefasta. Creemos que el Derecho debe dar una respuesta a esta nueva área del conocimiento, pero no respuesta teórica, sino que práctica y eficaz.
REFERENCIAS:
· www.sap.com/spain
· www.accenture.com
· www.c-systems.com
· www.pwcconsulting.com
· www.firstgov.gov
· www.gobernabilidad.cl
· www.gyandoot.net
· www.softwork.com.ar
· Díaz Prado, José: “La reinvención de los servicios gubernamentales a través de e – government”; D.E.[14].
· Jaramillo, Grace: “E – Government: Estado de situación”; D.E.
· Orrego, Sergio: “e – Government: Estrategias para su adopción en América Latina”.
· Ricciardi, Federico:”El concepto de Gobierno Electrónico”; D.E.
· Sotelo, Abraham: “e – Government and Government Innovation”; D.E.
[1] Tales como la información
[2] Tecnología de la Información, entendida esta como el tratamiento electrónico de datos.
[3] Si aplicamos este concepto dentro del ordenamiento jurídico chileno creemos que quien ejercite el tratamiento automatizado de la información, o quien opere los TI, en su caso, debería ser un funcionario público, ya que en virtud de los Arts. 260 del Código Penal y 11 bis de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado esa transparencia sería perfectamente exigible como una prestación dentro de la función pública, obligatoria e irrenunciable.
[4] Estos requisitos los entendemos emanados de la definición general de función pública que la entiende como una “actividad del Estado destinada a satisfacer las necesidades de los individuos de manera continua y permanente”
[5] En Estados Unidos existe www.firstgov.gov; y, en Chile www.gobiernodechile.cl
[6] la Brecha Digital debemos entenderla como la diferencia que existe entre diferentes estados, comunidades y personas en cuanto al manejo de Internet y el acceso a las TI
[7] Si una regla del contrato es cambiada, su actualización y posterior aplicación debe ser inmediata, bastando un simple up-grade del software.
[8] Un ejemplo análogo se encuentra en el caso Yahoo, en que para ser usuario de messenger se debe descargar el programa que proporciona la Compañía y en su utilización se debe cumplir estrictamente con los requisitos que impone la licencia, caso contrario el programa “se cae”; lo mismo ocurre con MSN y con mIRC, entre otros.
[9]En este punto seguimos a Sotelo, Abraham: “e – Government and Government Innovation”; D.E., “Office of the President for Government Innovation”, E-Government and the Digital Divide in Mexico and the United States”, Septiembre 25, 2001.
[10] Aunque parezca irreal esta experiencia se vive plenamente en el municipio de Jun, en Granada, en donde, desde fines de 1999, el acceso gratuito a Internet es un derecho ciudadano.
[11] Un ejemplo actual fueron los Comicios Presidenciales de Brasil 2002, en que la nación en su conjunto experimentó la teledemocracia o e – democracy.
[12] Hacemos referencia a Cabildos en línea, con portales en que los ciudadanos ofrezcan propuestas, sean debatidas e, incluso, resueltas.
[13] Que en general se manifiesta en forma colectiva pero que en su satisfacción se manifiesta en forma individual.
[14] Documento Electrónico.
13 Comments:
Señor Simon, extraño verlo por estos lares... esto me huele a Faigar y asociados Ltda. jajaja
saludos don
adios
ya lo baje...te cebaste igual..jaja es caleta..pero filo...nos vemos el sabado, besos CAMI....ahhhhh y ya le avise a los que pude...nos vemos
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